Ejecutivo promulgar la ley del uso de inteligencia artificial en el Perú

El Poder Ejecutivo publicó la norma que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico del país.

El gobierno de Dina Boluarte promulgó la Ley 31814, que tiene como objetivo impulsar el uso de la Inteligencia Artificial en beneficio del desarrollo económico y social del país.

La norma fue publicada en el diario El Peruano y busca fomentar el uso de la Inteligencia Artificial para contribuir al proceso de transformación digital a nivel nacional.

Del mismo modo, se declara de interés nacional el fomento del desarrollo y uso de la Inteligencia Artificial para mejorar los servicios públicos en áreas como educación, salud, justicia, seguridad ciudadana, economía e inclusión, entre otras.

Esta transformación tiene como foco principal el bienestar humano, promoviendo el desarrollo económico y social del país, y garantizando un uso ético, sostenible y transparente de las nuevas tecnologías.

El Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días hábiles para aprobar el reglamento de la presente ley.

Principios para el desarrollo y uso de la inteligencia artificial

Según la Ley 31814, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se contará con seis principios para el desarrollo y uso de la IA, los cuales serán los siguientes:

  1. a) Estándares de seguridad basados en riesgos: Se promueve un enfoque basado en riesgos para el uso y desarrollo de la inteligencia artificial.
  2. b) Enfoque de pluralidad de participantes: Se promueve la participación de personas naturales y jurídicas u organizaciones e instituciones públicas y privadas en el debate para el desarrollo de políticas orientadas a la regulación sobre el uso de la inteligencia artificial en el país.
  3. c) Gobernanza de internet: Se promueve el desarrollo y aplicación de principios, normas, reglas, procedimientos de toma de decisión y programas que determinan la evolución y el uso de internet por parte del Estado, instituciones del sector privado y la sociedad civil participando desde sus respectivos roles.
  4. d) Sociedad digital: Se valora la información y el conocimiento obtenido mediante el acceso, uso y desarrollo de tecnologías digitales en todas sus dimensiones, y se impulsa la seguridad, la confianza, la economía digital, la conectividad digital, el talento, la innovación, la educación y la identidad digital, así como el aprovechamiento de las tecnologías emergentes en favor del bienestar social y económico de la ciudadanía.
  5. e) Desarrollo ético para una inteligencia artificial responsable: Se considera que la ética es la base fundamental para identificar de forma precisa el marco de responsabilidades en el uso de este tipo de sistemas que conforman la industria 4.0.
  6. f) Privacidad de la inteligencia artificial: La inteligencia artificial no debe transgredir la privacidad de las personas, debe actuar de manera segura para lograr un impacto positivo y de bienestar en los ciudadanos.

AUTORIDAD NACIONAL

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, es la autoridad técnico-normativa a nivel nacional responsable de dirigir, evaluar y supervisar el uso y la promoción del desarrollo de la inteligencia artificial y las tecnologías emergentes, a fin de alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital y los objetivos de desarrollo sostenible conforme a la normativa vigente.

La Autoridad Nacional, en el marco de la transformación digital, desarrolla y articula acciones para promover e impulsar:

  1. a) El desarrollo de la inteligencia artificial y su adopción como una herramienta que impulse el desarrollo y el bienestar del país.
  2. b) La formación de profesionales con competencia para el aprovechamiento, desarrollo y usos de la inteligencia artificial en el país.
  3. c) La creación y el fortalecimiento de la infraestructura digital como habilitadora para el desarrollo de la inteligencia artificial.
  4. d) El desarrollo de una infraestructura de datos a fin de poner a disposición datos públicos de alta calidad, reutilizable y accesible.
  5. e) La adopción de lineamientos éticos para un uso sostenible, transparente y replicable de la inteligencia artificial.
  6. f) Un ecosistema de colaboración de inteligencia artificial a nivel nacional e internacional.

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inteligencia artificial en el Perú

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